Martes 14 Mayo 2024

Izquierda Unida-Ganemos Hellín, haciéndose eco de denuncias y sugerencias de distintos colectivos de afectados por el “abuso” de las entidades financieras, en las conocidas como Cláusulas Suelo, considera que el Ayuntamiento de Hellín no puede quedar al margen de un malestar social, por lo que ha presentado una Moción de apoyo a los afectados en el municipio.

Así, se ha pedido que se habilite un espacio en la Página Web del Consistorio en la que se facilite toda la información necesaria, los pasos a seguir, los derechos que tiene la persona afectada por esta cláusula o los documentos que debe aportar para exigir al banco su devolución.
Del mismo modo se apuesta porque la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) sea la encargada de ofrecer de forma personalizada tal asesoramiento, así como de mediar entre los afectados y las entidades bancarias.
Medidas
Izquierda Unida-Ganemos Hellín ha criticado la “escasa iniciativa” de los últimos gobiernos en este aspecto, al criticar que muchos de los desahucios realizados con la pérdida de la vivienda habitual y procedimientos judiciales actualmente abiertos se basan en la morosidad de cuotas impagadas, con elevados intereses derivados de los topes del suelo: “este sobrecoste, injusto y premeditado, y consentido por todos los estamentos del Estado, afectó aún más la economía de miles de familias, ya de por sí golpeadas por la crisis”.

IU recordaba que las cláusulas suelo son una referencia establecida en los contratos de préstamos hipotecarios con el objeto de limitar la bajada de los tipos de interés. “Son y han sido”, subrayaba, en la práctica cláusulas que benefician a las entidades financieras y perjudican al particular que ha solicitado el préstamo, al revelar que cuando los tipos de interés bajan, la cláusula se activa, impidiendo que se traslade tal reducción a la cuota mensual de las familias.
A pesar de que la ley hipotecaria española no impide la inclusión de tales cláusulas en los contratos hipotecarios, su práctica se extendió, lamentó, casi de forma general en España, hasta el punto que las mismas se establecieron en los préstamos, durante los últimos diez años, sin la información y conocimiento previos suficientes para el cliente.
En el año 2013 el Tribunal Supremo declaró su nulidad y su carácter abusivo, ya que las mismas no eran transparentes, al entender que no se dio suficiente información al cliente sobre las cláusulas, ni las repercusiones que acarreaban, ni sobre las existencias de otros productos.
El pasado mes de diciembre, el Tribunal Europeo de Justicia sentenció que el cobro de las mismas tiene carácter retroactivo, es decir, que las familias podrán percibir las cantidades cobradas, ilegalmente, desde la fecha de la firma de la hipoteca.

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